La Contraloría General identificó un perjuicio económico por S/ 8.8 millones como consecuencia de irregularidades en la obra para el mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, que se ejecutó entre los años 2014 y 2016 en el distrito de Llochegua, provincia de Huanta, región Ayacucho, y que en la actualidad sigue inconclusa.
El Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 092-2020-CG/GRAY-AC señala que 11 funcionarios de la Municipalidad Distrital de Llochegua (y tres terceros partícipes) que estuvieron en la gestión edil durante esos años, tendrían responsabilidad administrativa y penal por dar conformidad y pagar a la empresa contratista, a pesar que la obra se ejecutó con deficiencias y por no cumplir con los plazos de ejecución.
La Contraloría determinó la existencia de un perjuicio económico al Estado por más de S/6.6 millones por pagos al contratista y supervisor, evidenciado en los siguientes hechos:
- La planta de tratamiento de agua potable y línea de aducción fueron construidas en un terreno distinto al aprobado en el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA).
- Se identificó deficiencias técnicas en la instalación de buzones de conexiones domiciliarias de agua potable, ya que todas las cajas de registro no cuentan con tapa.
- Los buzones de alcantarillado se encontraron inconclusas, sin los acabados interiores, lo que conllevó a que se encuentren colmadas de tierra y excreta.
- La planta de tratamiento no cuenta con los parámetros técnicos al estar construida a 25 m de las viviendas colindantes, cuando la distancia mínima es de 300 m, para evitar los malos olores producidos por las aguas tratadas.
Asimismo, la auditoría de cumplimiento identificó un segundo perjuicio económico por más de S/ 1 millón por la no aplicaron penalidades al contratista debido al incumplimiento de la seguridad de obra y señalización, indumentaria e implementos de protección personal, y otros.
Un tercer perjuicio económico identificado por más de S/ 1 millón se debe a la no ejecución y al vencimiento de las garantías de fiel cumplimiento, y el aplazamiento injustificado de la resolución de contrato de ejecución de obra. Otro perjuicio económico identificado por S/ 105,886 se debe a pagos efectuados por la revisión de un expediente técnico con información incompleta.
Cabe mencionar que, el contrato se suscribió fuera del plazo por lo que el contratista debió perder automáticamente la buena pro; sin embargo, continuó con la ejecución de la obra.