La Contraloría General de la República detectó un perjuicio de S/ 348 mil en contra de la Municipalidad Distrital de Papayal por no admitir la oferta de un postor que cumplía las condiciones establecidas en las bases y cuya propuesta económica era menor a la del ganador de la buena pro en una obra de rehabilitación de pistas y veredas.
Según el Informe de Control Específico N° 027-2022-2-0476- SCE, los dos postores presentaron cartas de líneas de crédito emitidas por una misma cooperativa, sin embargo, se aceptó la carta del consorcio de mayor costo y rechazó la que ofreció una mejor oferta económica, argumentando falta de solvencia de dinero, cuando se trataba de la misma entidad financiera, sin brindar mayores sustentos objetivos y legales, vulnerando el principio de igualdad de trato.
Además, de acuerdo al oficio N° 26980-2022-SBS emitido por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), las cartas representan estimaciones y no aplican límites crediticios normativos por lo que no suponen un financiamiento efectivo.
La comisión de control evaluó la oferta de los dos consorcios, y llegó a la conclusión que la propuesta de menor monto, obtenía un mejor puntaje que el postor ganador, al presentar un precio más bajo, equivalente al 90% del monto referencial, donde en un escenario de igualdad de oportunidades correspondía otorgarle la buena pro. Con ello, se trasgredió el principio de competencia establecido en la ley.
Al respecto, el Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE, con información emitida por la SBS, publicó una resolución evidenciando la carencia de sustento en la no aceptación de un postor, resolviendo revocar la buena pro otorgada, sin embargo, al ser publicada un día posterior al vencimiento del plazo, funcionarios y servidores de la municipalidad se interesaron por solicitar la nulidad de la citada resolución y continuidad del procedimiento de selección, sin tomar en cuenta los argumentos del tribunal.
Ante ello, luego de suscribirse el contrato, el postor ganador solicitó un adelanto directo, el cual fue admitido a trámite sin contar con el comprobante de pago requerido en las bases. También, requirió un adelanto para materiales, en el cual incluyó el insumo de “maquinaria y equipo importado”, a pesar de no pertenecer a tal rubro. Esta situación no fue advertida u observada por el supervisor o gerente de infraestructura y obras de la entidad. Ambos pagos superan los S/ 618 mil.
Por estas irregularidades, se identificó a cuatro funcionarios con presunta responsabilidad penal y administrativa funcional sujeta a la potestad sancionadora de la Contraloría. Así también, un funcionario con presunta responsabilidad administrativa funcional derivada del deber incumplido.