La Contraloría General de la República alertó dos incrementos en el costo de ejecución de la reparación de pistas y veredas en las cuadras 1 a 6 de la Av. Tumbes, a cargo del Gobierno Regional, realizado por contratación directa, con una cotización aproximada de S/ 10 millones y un plazo de 120 días calendarios. El expediente técnico se aprobó el 6 de julio.
Sin embargo, las partes acordaron un primer aumento de S/ 3.6 millones, sin mostrar sustento técnico alguno, llegando a suscribir el contrato el 14 de julio del 2023, registrando un nuevo monto de S/ 13.6 millones por tal concepto, que, sumado a la supervisión, expediente, etc., daba una cifra cercana a los S/ 14 millones por toda la obra.
Según el Informe de Hito de Control N° 048-2023-OCI/5353-SCC, el segundo incremento se dio en la resolución Gerencial Regional de modificación de expediente técnico, de fecha 31 de agosto, donde el aumento inicial subió a S/ 3.9 millones dando un nuevo valor aproximado a S/ 13.9 millones por el costo de ejecución de obra, más del 39% en comparación a la primera cotización.
Adicionalmente, dicho documento no indica haber presentado ni recibido autorización de la Contraloría para incrementar los costos, conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente.
En la misma resolución elevaron el plazo a 150 días calendarios, sin justificación con argumentos técnicos y legales, ni por haber trazado nuevas metas en el proyecto. Sumado a ello, en los documentos emitidos no se detalló ni especificó la ruta crítica, tampoco se consideró el tiempo de ejecución de cada partida.
El 13 de octubre el residente comunicó a la entidad la paralización de los trabajos por la ausencia del supervisor, generando la dilatación de los trabajos, los que se podrían verse afectados con el inicio del periodo lluvias pronosticado.
En otro aspecto, se constató que el contratista y la supervisión no presentaron sus valorizaciones en los plazos establecidos, es decir de forma mensual, impidiendo que se realice la retención de la garantía por fiel cumplimiento, que según clausula debe hacerse en la primera mitad del número total de valorizaciones. Recién el 30 de setiembre el contratista alcanzó su primera valorización.