Una norma publicada por el Poder Ejecutivo estableció que las entidades de los gobiernos regionales y locales, así como del gobierno nacional, deberán presentar al final de cada mes “un informe del avance de la ejecución física y financiera” de las obras o acciones que realicen como parte del Plan de la Reconstrucción.
A través del Decreto Legislativo (D. Leg.) N°1354, publicado en el diario oficial El Peruano, se estableció que, además de ejecutar el reporte en sus páginas web, también lo realicen en el portal de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y en una plataforma que se creará para hacer seguimiento al avance de las obras.
“Dichas entidades deberán registrar, con una periodicidad mensual y a más tardar dentro de los tres días hábiles posteriores a la culminación del mes reportado, la información sobre el avance de la implementación de los componentes del Plan”, dispone el decreto.
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