El Poder Ejecutivo ha dispuesto medidas excepcionales para permitir que faciliten a los peruanos y peruanas el acceso al Bono Familiar Habitacional (BFH), del Programa Techo Propio, con la finalidad de que las familias en situación de vulnerabilidad económica por los efectos del COVID-19 accedan a una vivienda ya sea a través de la compra o la construcción.
El Decreto Legislativo N° 1464 busca promover la reactivación de la economía a través de incentivos dentro de los programas de vivienda y establece medidas excepcionales para que las familias, cuyos ingresos se hayan visto afectados durante el estado de emergencia, puedan acceder al bono del programa Techo Propio que otorga el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) a través del Fondo Mivivienda.
Una de las medidas es la exoneración, hasta el 31 de diciembre de este año, del requisito de tener un ahorro, equivalente a la cuota inicial o a parte de ella, para acceder al BFH.
La norma también contempla un incremento del BFH, cuyo valor determinará el MVCS por resolución ministerial en un plazo máximo de 15 días calendario contados a partir de la entrada en vigencia del decreto legislativo.
Estas medidas excepcionales serán aplicadas en las modalidades Construcción en Sitio Propio y Adquisición de Vivienda Nueva de Techo Propio. La implementación de lo establecido en este decreto supremo será financiado con el presupuesto institucional del MVCS, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
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