El Primer Colegiado Supraprovincial Penal Permanente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sentenció a Genaro Jorge Tapia Quispe (secretario de seguridad y salud en el trabajo) y José Rubén Díaz Díaz (secretario de defensa laboral) dirigentes del Sindicato de Construcción Civil, a 15 años de pena efectiva al ser encontrados responsables del delito de extorsión agravada.
En juicio oral, de primera instancia, se probó que los acusados en su calidad dirigentes sindicales, obligaron al representante del consorcio, San José Marpeco que tenía a su cargo la construcción de la institución educativa de Patasagua, en el distrito de Tiabaya, a acceder a requerimientos contenidos en el acta de compromiso laboral.
El documento de fecha 09 de octubre de 2018, se refiere a acceder a los requerimientos contenidos en el acta de compromiso como despido de trabajadores, permitir el ingreso a la obra a personal del Sindicato Único de Trabajadores de Construcción Civil, el descuento obligatorio de la cuota sindical para ser depositado a la cuenta precisada; entre otros, bajo la amenaza de paralizar la obra.
Durante el proceso quedó probado igualmente que las amenazas se concretaron mediante actos de violencia y desmanes por parte de agremiados al Sindicato de Construcción Civil; afectando a personas y bienes de la referida obra.
Se igual forma, los sentenciados ejercieron amenaza sobre Florentino Jancco Cuno para conminarlo a integrar el Sindicato de Trabajadores de Construcción Civil, obligando al consorcio San José Marpeco a descontar de sus haberes semanales la suma de 6 soles, monto que fue depositado a nombre de Alfredo Mojica Valdez, y no del sindicato como debía corresponder.
Los magistrados del Primer Colegiado Supraprovincial Penal Permanente, por unanimidad, impusieron una reparación de S/ 1,000 que deberán pagar de manera solidaria ambos sentenciados.
Los jueces que integran el colegiado Ronald Medina Tejada, Giuliana Pastor Cuba y Juan Carlos Churata Quispe, decidieron suspender la ejecución de la condena hasta que la misma quede firme, consentida y ejecutoriada.