El Gobierno declaró la reorganización de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), organismo adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), con el objeto de evaluar su situación administrativa, organizacional y de gestión, así como de proponer y ejecutar las acciones y/o medidas de reforma que correspondan.
La medida de reorganización fue oficializada mediante Decreto Supremo N° 013-2024-Midagri. En el dispositivo legal se establece la creación de la Comisión Reorganizadora encargada de evaluar la situación administrativa, organizacional y de gestión, así como de proponer las acciones y/o medidas de reforma en la ANA. Estará integrada por un representante del Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, que presidirá la Comisión Reorganizadora; un representante del Despacho Viceministerial de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; un representante del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; un representante de la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, y un representante de la ANA.
Dicha Comisión tendrá como funciones, efectuar la evaluación de la situación administrativa, organizacional y de gestión de la ANA, y elaborar un informe con las propuestas de acciones y/o medidas de reforma para la reorganización de ese organismo. El grupo de trabajo tendrá 60 días para el desempeño de su labor.
La Secretaría Técnica de la Comisión Reorganizadora estará a cargo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua, siendo responsable de brindar el apoyo técnico y administrativo a la Comisión Reorganizadora.
En los fundamentos del decreto de reorganización de la ANA, se señala la necesidad de mejorar la ejecución de las inversiones planificadas, la calidad de la infraestructura y las deficiencias observadas en los órganos desconcentrados. Además, se requiere fortalecer las acciones de coordinación y articulación entre las Autoridades Administrativas del Agua (AAA) y las Autoridades Locales de Agua (ALA), así como las secretarías técnicas de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca.
Por ello, – dice la norma- se necesita la adopción de medidas concretas para abordar la situación de la ANA de manera inmediata, a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales y mejorar la efectividad de las políticas agrarias en beneficio de los productores agrarios.