Un fallo emitido recientemente por el Tribunal Constitucional (TC) establece que la zonificación y planteamiento urbano de las edificaciones son «competencias municipales exclusivas». La sentencia, que declaró fundada una demanda interpuesta por la Municipalidad de Barranco y la Municipalidad Metropolitana de Lima contra el Ministerio de Vivienda, permitirá a los municipios decidir si se autoriza o niega la construcción de Viviendas de Interés Social (VIS) en sus territorios.
«Una vez que, en ejercicio de las mismas, quede determinada técnica y debidamente la zonificación y altura máxima, siguiéndose los procedimientos administrativos correspondientes, podrán desarrollarse los proyectos de VIS, respetando los parámetros técnicos establecidos», indica la sentencia del TC.
Esta sentencia se da mientras el Ministerio de Vivienda busca que las municipalidades habiliten un 10% de su área para la construcción de viviendas sociales, como parte de la Ley N°31313.
La disposición del Ministerio de Vivienda no había sido bien recibida por municipios como San Isidro, Miraflores y La Molina, los cuales advertían que se vulneraba su autonomía.
Por su parte, el alcalde de Miraflores, Carlos Canales, también advirtió su disconformidad con la medida del Ministerio de Vivienda e indicó que solo debería aplicar a «zonas periféricas de Lima». Las zonas que estarían habilitadas para nuevos proyectos de interés social serían las ubicadas en algunas cuadras de las avenidas Paseo de la República y Mariscal Cáceres.
Sin embargo, otros municipios como la Municipalidad de Surco, indicaba que podrían destinar hasta el 20% de su territorio para estas viviendas de interés social.