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Contratos APP podrán resolverse automáticamente ante actos de corrupción, incluso del entorno vinculado

por Construccion y Vivienda
9 de febrero de 2026
in Infraestructura
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La entrada en vigencia del reglamento de la Ley N.° 32441 ha introducido nuevos y mayores riesgos legales para los inversionistas que participan en proyectos bajo la modalidad de Asociaciones Público-Privadas (APP), al obligar a Proinversión a incorporar una cláusula anticorrupción uniforme con consecuencias contractuales más severas.

En aplicación de este marco normativo, los contratos de APP deberán incluir una disposición que permite la resolución automática y sin derecho a indemnización cuando se acredite la comisión de actos de corrupción, incluso si estos involucran al entorno vinculado del inversionista.

La nueva cláusula exige que el inversionista declare expresamente que ni él ni su entorno vinculado —accionistas, socios, empresas relacionadas, directores, funcionarios, empleados o asesores— han realizado ni realizarán pagos ilegales u ofrecimientos indebidos a autoridades vinculadas con el proceso de promoción de la inversión o con la ejecución del contrato.

“Se trata de una declaración de integridad con efectos jurídicos directos, que amplía de manera significativa el alcance de la responsabilidad del inversionista”, explicó José Francisco León, socio del área de Derecho Administrativo y Regulatorio del estudio Benites, Vargas & Ugaz (BVU).

Uno de los principales impactos del nuevo texto es el endurecimiento de las sanciones contractuales. “Si se verifica un acto de corrupción en los términos previstos, el contrato de APP queda resuelto de pleno derecho, sin que el inversionista tenga derecho a indemnización alguna”, advirtió León. Además, el inversionista deberá asumir una penalidad equivalente al 10% del monto resultante del proceso de liquidación del contrato, sin perjuicio de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.

El especialista precisó que la cláusula no se limita a contratos de concesión. “El nuevo modelo se aplica a todos los contratos de APP, incluyendo proyectos de infraestructura, servicios públicos, investigación aplicada o innovación tecnológica”, indicó.

Otro elemento relevante es que la cláusula será aplicable también a los procesos de promoción de la inversión privada que ya se encuentran en trámite, lo que obliga a las empresas a adoptar medidas preventivas inmediatas. “Las compañías que participan actualmente en procesos de APP deberían evaluar sus modelos de integridad y revisar el comportamiento de su entorno vinculado”, recomendó León.

Este análisis cobra especial importancia considerando que la cláusula alcanza tanto la etapa de promoción de la inversión como la ejecución contractual, elevando los estándares de diligencia exigidos a los inversionistas y consolidando un enfoque de tolerancia cero frente a la corrupción en el régimen APP.

Ver: Ley N.° 32441  | Reglamento de la Ley n° 32441

Tags: APPAsociación Público-PrivadaProinversión

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