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Crean grupo de trabajo sectorial para reglamentar la Ley de Vivienda de Interés Social

por Construccion y Vivienda
23 de marzo de 2026
in Inmobiliaria
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El Poder Ejecutivo dispuso la conformación de un Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la reglamentación de la Ley Nº 32379, Ley de la Vivienda de Interés Social”, con el objetivo de elaborar la propuesta de reglamento de dicha norma. La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial n°. 096-2026-VIVIENDA, publicada en el diario oficial El Peruano.

Este grupo estará integrado por representantes del sector público y privado vinculados al desarrollo urbano y la actividad inmobiliaria, y será presidido por el Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo. Participan también funcionarios del propio ministerio, así como representantes del Programa Generación de Suelo Urbano, del Fondo MIVIVIENDA, del Colegio de Arquitectos del Perú, de la Cámara Peruana de la Construcción, de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima (EMILIMA), de la Confederación de Desarrolladores Inmobiliarios del Perú y de la Asociación de Municipalidades del Perú.

El grupo tendrá una vigencia de noventa días calendario, contados a partir del día hábil siguiente a su instalación, periodo durante el cual deberá formular un plan de trabajo, desarrollar aportes técnico-legales sobre los alcances y aplicación de la ley, y presentar un informe final con conclusiones y propuestas. Sus integrantes ejercerán sus funciones ad honorem y deberán acreditar su designación, junto con la de sus representantes alternos, mediante comunicación formal ante la Secretaría Técnica en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la publicación de la norma.

La Secretaría Técnica estará a cargo de la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, instancia responsable de convocar a las sesiones, registrar los acuerdos y dar seguimiento a las acciones necesarias para el cumplimiento del objetivo del grupo. La instalación se realizará dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de acreditación de sus integrantes.

La implementación de esta disposición se financiará con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades involucradas y de las organizaciones participantes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La resolución cuenta con la firma del ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Wilder Sifuentes Quilcate.

Tags: CapecoEmilimaFondo MiviviendaMinisterio de Vivienda

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