El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) conformó el grupo de trabajo multisectorial para la construcción de un marco colaborativo que oriente la incorporación progresiva de la metodología Building Information Modeling (BIM) en la inversión pública. La medida se dispuso mediante Resolución Ministerial (RM) 170-2023-EF/10.
Se establece que el citado equipo de trabajo tiene naturaleza temporal y es dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas. Se determina que el grupo de trabajo tiene por objeto realizar aportes y recomendaciones a los documentos del marco colaborativo para orientar la incorporación progresiva de BIM en la inversión pública, a ser usado por las entidades y empresas públicas sujetas al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
Se fija que el equipo de trabajo está conformado por los siguientes miembros:
a) El/la director/a general de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del MEF, o a quien este/a designe, quien preside el grupo de trabajo.
b) Un/a representante de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
c) Un/a representante de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
d) Un/a representante de la Dirección General de Abastecimiento del MEF.
e) Un/a representante de la Dirección Técnico Normativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).
f) Nueve representantes del sector privado.
g) Dos representantes de la academia.
Se dicta que la designación de los miembros titulares y alternos referidos en los literales b), c), d) y e) se efectúa mediante documento escrito de la entidad correspondiente, dirigido a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del ME.
Aquellos que acepten la invitación, mediante comunicación escrita, dentro de los cinco días hábiles siguientes de recibida dicha invitación, informan de ello al/a la presidente/a del grupo de trabajo. Se establece que la participación de los miembros titulares y alternos del grupo de trabajo es ad honorem.
Se determina que el equipo de trabajo tiene las siguientes funciones:
a) Proponer aportes y recomendaciones a los documentos del marco colaborativo para orientar la incorporación progresiva de BIM en la inversión pública, tales como: las guías técnicas BIM para edificaciones e infraestructura y especificaciones BIM sectoriales.
También, el manual de proceso de modelación BIM, y otros documentos técnicos de apoyo que se identifiquen como necesarios para la implementación de la metodología BIM en la inversión pública, los cuales son elaborados por la Dirección de Política y Estrategias de la Inversión Pública de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del MEF.
b) Participar en reuniones con los representantes de los órganos y unidades orgánicas de las entidades o empresas públicas, que contribuyan al cumplimiento del objeto del grupo de trabajo.
c) Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto y funciones, en el marco de las competencias de las entidades del sector público e instituciones que conforman el equipo de trabajo.
Se dispone que el grupo de trabajo, para el cumplimiento de su objeto y funciones, puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y/o aporte técnico de entidades públicas o representantes nacionales o internacionales expertos en la materia, en calidad de invitados.