El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) creó un grupo de trabajo sectorial con el objeto de elaborar propuestas preliminares para la actualización de normas técnicas del reglamento Nacional de Edificaciones, orientadas a regular alcance, contenido y componentes del diseño de las habilitaciones urbanas.
Así mediante Resolución Ministerial (RM) 238-2022 del MVCS, se instauró el grupo de trabajo sectorial, de naturaleza temporal: “Grupo de trabajo para la actualización de las normas técnicas GH.010, Alcances y Contenidos; y GH.020, Componentes de Diseño Urbano del reglamento Nacional de Edificaciones”.
Se establece que el referido equipo de trabajo tiene por fin elaborar los planteamientos preliminares para la actualización de las normas técnicas GH.010 y GH.020 del reglamento Nacional de Edificaciones.
En los considerandos de la norma, se señala que se la creación de este grupo de trabajo sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de trabajo para la actualización de las normas técnicas GH.010, Alcances y Contenido; y GH.020, Componentes de Diseño Urbano del reglamento Nacional de Edificaciones”, ante la necesidad de revisar y modificar las citadas normativas, que están orientadas a regular los alcances, contenido y componentes de diseño de las habilitaciones urbanas.
Se dispone que el equipo de trabajo está conformado por:
a) Un/a representante del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, quien lo preside.
b) Un/a representante de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo.
c) Un/a representante de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento.
d) Un/a representante de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE).
e) Un/a representante de la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco).
f) Un/a representante de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI Perú) y de la Asociación de Empresas Inmobiliarias del Perú (ASEI).
g) Un/a representante de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes de la Universidad Nacional de Ingeniería.
h) Un/a representante del Colegio de Arquitectos del Perú – Regional Lima.
i) Un/a representante del Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental de Lima.
Se determina que los/las integrantes del grupo de trabajo ejercen sus funciones ad honorem y cuentan con un/a representante alterno/a quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del/de la titular.
Se fija que la designación de estos representantes se realiza mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a hoy domingo.
El equipo de trabajo tiene las siguientes funciones:
a) Analizar las normas técnicas GH.010, Alcances y Contenidos; y GH.020, Componentes de Diseño Urbano del reglamento Nacional de Edificaciones.
b) Aportar casuística y/o documentos técnicos sobre la aplicación de las referidas normas técnicas.
c) Elaborar las propuestas preliminares de actualización de las normas técnicas GH.010, Alcances y Contenidos; y GH.020, Componentes de Diseño Urbano del reglamento Nacional de Edificaciones.
d) Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto.
Se establece que la Secretaría Técnica del grupo de trabajo está a cargo de la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del MVCS, quien ejecuta las disposiciones que acuerde el citado equipo de trabajo.
Además, reporta periódicamente a la Presidencia del grupo de trabajo y es responsable de convocar a reuniones, llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto.
Se establece que el equipo de trabajo tiene una vigencia de 120 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a su instalación.