El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS); modificó el Reglamento Nacional de Tasaciones, a fin de introducir nuevas definiciones; aclarar y precisar los criterios para la identificación y determinación del perjuicio económico en los procesos de adquisición o expropiación de inmuebles para la ejecución de obras de infraestructura a fin de garantizar una adecuada compensación económica.
Mediante Resolución Ministerial N° 124-2020-Vivienda, la norma incorpora la inspección virtual como un mecanismo excepcional que permita al perito tasador o perito de vivienda, hacer uso de tecnología o herramientas informáticas y/o de telecomunicaciones cuando no sea factible efectuar una inspección ocular presencial en casos debidamente justificados.
De manera excepcional y solo en caso no sea factible realizar la inspección virtual, por causas debidamente justificadas, el MVCS, a través de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, efectúa la tasación en base a la información contenida en el expediente técnico legal y otra documentación complementaria que resulte necesaria, dejándose constancia en el informe técnico de tasación el uso de este procedimiento.
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